Reflexiones sobre el acortamiento de carreras

Columnas AEQUALIS #16. Mayo 2026

Juan Music Tomicic,
Académico Dpto. Ingeniería Civil,
Universidad Católica del Norte,
Director Fundación AEQUALIS

El debate sobre el acortamiento de las carreras en Chile tiene larga data e incluso se ha destinado importantes recursos públicos con dicho fin. En toda decisión a tomar resulta indispensable, antes de preguntarnos qué hacer, responder previamente dos preguntas: ¿por qué hacerlo? y ¿cómo hacerlo? Establecido ello corresponde definir ¿qué hacer? El objetivo que debiera buscarse en la formación de pregrado es, en primer lugar, formar personas y ciudadanos con valores y comportamiento ético, y lograr la pertinencia, eficacia, eficiencia y calidad de las carreras.  

Durante las últimas décadas se han promulgado diversas leyes y decretos vinculados a la educación superior, entre ellos la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza (LOCE), la Ley de Aseguramiento de la Calidad (Ley N°20.129, 2006), la Ley General de Educación y la Ley de Educación Superior (Ley N°21.091, 2018). Estas normativas han intentado fortalecer el sistema, aunque persisten materias relevantes aún no resueltas.

En este contexto destacan tres disposiciones transitorias particularmente importantes. La primera corresponde al artículo 5 transitorio de la Ley N°20.129, que mandató al Ministerio de Educación a elaborar una propuesta para establecer un Sistema Nacional de Certificación y Habilitación Profesional. El propósito era distinguir entre la habilitación para ejercer una profesión y la certificación profesional. A pesar de los esfuerzos realizados y de las conversaciones sostenidas con entidades gremiales, la propuesta finalmente no se ha concretado.

La segunda y tercera disposición corresponden a la Ley N°21.091, cuyo artículo 46 transitorio mandató a la Subsecretaría de Educación Superior a presentar una propuesta de actualización de la estructura de títulos y grados del sistema chileno de educación superior. A su vez, el artículo 30 transitorio instituyó el restablecimiento de la acreditación de carreras de pregrado no obligatorias, el cual entraría en vigencia a partir del 31 de diciembre del 2024. Sin embargo, estas disposiciones no han sido implementadas en los plazos originalmente definidos, aunque se han realizado acciones y elaborado algunos documentos.

Los temas señalados son fundamentales para fortalecer la coherencia interna y externa del sistema de educación superior chileno, mejorar su internacionalización y aumentar la competitividad de los profesionales y del país.

A nivel internacional se distingue claramente entre “perfil de egreso” y “perfil profesional”. El perfil de egreso corresponde a las competencias o resultados de aprendizaje que una institución de educación superior compromete desarrollar en sus estudiantes al término de una carrera. En cambio, el perfil profesional se relaciona con las competencias necesarias para ejercer autónomamente una profesión.

En Chile, actualmente el título profesional habilita de inmediato para el ejercicio independiente de la profesión, salvo excepciones específicas, como el caso del título de abogado. En otros países, en cambio, la formación profesional suele desarrollarse en tres etapas: formación de pregrado, entrenamiento y experiencia profesional, y finalmente habilitación para el ejercicio independiente.

La primera etapa culmina con la obtención del título y el logro del perfil de egreso. La segunda considera entrenamiento y experiencia supervisada hasta alcanzar las competencias profesionales requeridas para obtener la licencia profesional. La tercera corresponde al ejercicio independiente de la profesión, acompañado de actualización continua y comportamiento ético.

Por lo tanto, existe una brecha natural entre el perfil de egreso y el perfil profesional. Esa brecha debería abordarse mediante experiencia laboral, formación continua y mecanismos adecuados de certificación y habilitación profesional.

En consecuencia, el acortamiento de carreras no debiera analizarse únicamente desde la perspectiva de reducir años de estudio, sino como parte de una revisión más integral del sistema de educación superior. Es importante indicar que los aspectos señalados deben tomarse en cuenta al comparar los años de duración de las carreras en nuestro país y los países de la OCDE. Al mismo tiempo, considerar el perfil de ingreso actual de los estudiantes a la educación superior.

Para ello resulta indispensable definir con claridad los roles de las instituciones de educación superior y de los distintos mecanismos de aseguramiento de la calidad, incluyendo acreditación institucional, acreditación de carreras obligatorias y no obligatorias y programas de postgrado.

Un sistema sólido de aseguramiento de la calidad requiere tanto mecanismos internos instalados en las propias instituciones, como sistemas externos pertinentes, transparentes, eficaces y eficientes que resguarden adecuadamente la fe pública.

Asimismo, se requiere avanzar hacia un sistema que permita diferenciar claramente entre la formación académica y profesional de una persona y los requisitos necesarios para el ejercicio de determinadas actividades profesionales. Ello contribuiría a fortalecer la inserción internacional de nuestros profesionales y la participación del país en acuerdos internacionales relacionados con el comercio de bienes y servicios.



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Author: Juan Music
Académico Departamento Ingeniería Civil Universidad Católica del Norte Director Fundación AEQUALIS

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