Sobre la propuesta de estructura de títulos y grados
agosto 02, 2021

La propuesta de la Subsecretaría de Educación Superior, en cuanto a la revisión de la estructura de títulos y grados, nos invita a retomar temas de larga discusión en nuestro país. Al menos desde hace dos décadas, se han discutido cambios a las definiciones de las certificaciones, desarrollado políticas, criterios de acreditación y prácticas compartidas para abordar las (in)definiciones vigentes, entre ellas, una serie de propuestas para el establecimiento de un Marco Nacional de Cualificaciones.

Para todos quienes hemos trabajado en mayor o menor medida en alguna de estas discusiones y propuestas, resulta de máxima relevancia para nuestro sistema de educación superior retomar la revisión de la estructura de títulos y grados con miras a mejorar la legibilidad y articulación del sistema.

En este sentido, a continuación, se desarrollan tres consideraciones generales con el ánimo de contribuir a la propuesta enviada, de modo que logre cumplir así con los objetivos de mejorar la transparencia, legibilidad y articulación de las credenciales del sistema de educación superior. La primera de estas consideraciones refiere a los criterios de elaboración de las definiciones, la segunda a la habilitación de cada institución para impartir cada uno de los títulos y grados y la tercera a los requisitos de ingreso a cada certificación.

  1. Sobre los criterios de elaboración de las definiciones

Se observa que se utilizan diferentes criterios o parámetros para definir cada una de las certificaciones, pues algunas contienen elementos referidos a la cualificación que forman, otras a las instituciones que tendrían la competencia de impartirlas, otras a las certificaciones necesarias para cursarlas, y otras a la estructura que deberían tener los programas que las otorgan. Sobre esta heterogeneidad se recomienda basar exclusivamente la definición en la cualificación que otorgan y la certificación requerida para cursarla, dejando la capacidad para otorgar cada uno de los títulos y grados en un segundo apartado, y omitiendo aquellas referencias que se relacionan con la estructura de los programas que otorga cada una de las certificaciones, que es propio de la autonomía de las instituciones. Asimismo, se recomienda integrar en las definiciones criterios referidos a duración, ya sea mínima, típica o en rangos, expresada en sistema de créditos o en años a tiempo completo. Esta última distinción es fundamental para dar claridad a instituciones y estudiantes, permitiendo distinguir entre programas a tiempo completo y tiempo parcial.

Es importante destacar, que a nivel internacional las definiciones de certificaciones habitualmente consideran los tres elementos antes destacados: cualificación, certificación requerida para el ingreso y duración. 

  1. Sobre la habilitación de cada institución para impartir títulos y grados

Debido a que algunas de las definiciones propuestas refieren a la capacidad que tendrían las instituciones de impartirlas y este criterio es heterogéneo, se requiere de un apartado claro que indique qué instituciones podrían dar qué títulos y grados. Sobre esta falta de claridad puede evidenciarse en dos puntos críticos. El primero, es que no se indica la idea de modificar la exclusividad de las universidades para impartir grados, pero luego se definen grados académicos politécnicos. El segundo, refiere a que, en las certificaciones de postgrado, se excluye a las Fuerzas Armadas como instituciones con esa habilitación, de la cual gozan actualmente. Se desconoce si esto es un error o una propuesta de modificación de la estructura de títulos y grados. 

  1. Sobre los requisitos de ingreso a cada certificación

Se identifica poca claridad en el establecimiento de los requisitos de ingreso a algunas certificaciones, los que nuevamente, no tienen foco en las cualificaciones requeridas. Por ejemplo, en el caso del Magíster se establece como requisito “tener grado de licenciado o un título profesional cuyo nivel y contenido de estudios sean equivalentes a los necesarios para obtener el grado de licenciado”. Sobre ello, se sugiere elaborar un apartado de requisitos de ingreso a las certificaciones, que indique claramente qué certificación habilita para qué acceso y qué rutas posibles se abren con esta propuesta.

Es de esperar que la propuesta de la Subsecretaría se nutra de los aportes de las diversas instituciones de nuestro país, y que así, se hagan efectivas las modificaciones que hace décadas se discuten y requieren en nuestra estructura de títulos y grados.