Reflexión sobre los nuevos criterios y estándares de calidad publicados por la CNA para la acreditación institucional integral
octubre 26, 2021

Introducción

En mayo del año 2018 se promulgó la Ley de Educación Superior (Nº21.091) que modifica el sistema nacional de aseguramiento de la calidad y establece la “acreditación institucional integral”, obligatoria para las instituciones de educación superior (IES) autónomas. Recientemente, el 30 de septiembre, y después de un extenso proceso de deliberación y elaboración con participación de las IES y del Comité de Coordinación que reúne a la institucionalidad en la materia, la Comisión Nacional de Acreditación (CNA) dio a conocer formalmente los criterios y estándares de acreditación que entrarán en vigencia 24 meses posterior a su promulgación, es decir, el 1 de octubre del 2023.

Con la promulgación de los nuevos criterios y estándares se ha dado un paso importante en materializar lo establecido por la ley de educación superior y se contribuye al esclarecimiento de exigencias y expectativas sobre el desarrollo de las IES. Preliminarmente, es posible advertir que las nuevas orientaciones parecen razonables y han sido bien recibidas por las IES, sobre todo porque consideran la diversidad que las caracteriza. No obstante lo valorable de la publicación de la CNA, quedan desafíos relevantes que abordar para una adecuada implementación. Por ejemplo, delinear cómo se concretará la acreditación institucional integral si esta contempla, como señala la ley, una “muestra intencionada” de programas; actualizar a los pares evaluadores bajo estas nuevas orientaciones; implementar la política y hacer riguroso seguimiento de sus efectos en función de las expectativas de incremento de calidad.

En base a los lineamientos publicados, y bajo la premisa de que las IES son las primeras responsables del incremento de su calidad y que la agencia acreditadora debe promover que aquello ocurra, el presente artículo busca contribuir a explicar el alcance de la reciente publicación para las universidades. Para ello se revisará la noción de acreditación institucional integral, y cada dimensión, en función de lo establecido en la ley. Luego se indagará en los criterios y estándares elaborados. Finalmente, se realizarán algunas sugerencias que podrían ser orientadoras para una adecuada implementación y para el trabajo que resta hacia adelante, tanto para la CNA como para las IES, en esta nueva etapa.

Acreditación Institucional Integral

La acreditación institucional integral, así como la de programas de doctorado y de las carreras de Medicina, Odontología y Pedagogías es obligatoria. La acreditación de programas de magister es voluntaria y las de carreras o programas de pregrado (distintos a los mencionados), es voluntaria y entrará en vigencia a partir del 31 de diciembre del 2024.

La ley establece que la acreditación institucional integral consistirá en la evaluación y verificación del cumplimiento de criterios y estándares de calidad que se referirán a recursos, procesos y resultados; el análisis de mecanismos internos para el aseguramiento de la calidad, considerando tanto su pertinencia como su aplicación sistemática y resultados; y concordancia con la misión y propósitos de las IES. Dicha acreditación considerará la evaluación de la totalidad de las sedes, funciones y niveles de programas formativos de las IES, y de aquellas carreras y programas de estudio de pre y postgrado, en sus diversas modalidades, tales como presencial, semipresencial o a distancia, que hayan sido seleccionadas por la Comisión para dicho efecto. Señala que un reglamento de la CNA establecerá el procedimiento de selección intencionada de carreras y programas de estudio de pre y postgrado que serán evaluados en el contexto de la acreditación institucional.

La ley define los tipos de IES y explicita las funciones que han de desarrollar las universidades (docencia, investigación, creación artística, innovación y vinculación con el medio); institutos profesionales (docencia, innovación y vinculación con el medio, con alto grado de pertinencia al territorio) y centros de formación técnica (docencia, innovación y vinculación con el medio, con pertinencia al territorio si corresponde). Asimismo, se reconoce la autonomía de las IES la cual implica que ellas tienen la potestad para establecer sus propósitos, énfasis y estrategias para llevar a cabo los aspectos que contempla el ejercicio de las funciones establecidas para cada tipo de IES.

En este contexto, la acreditación institucional integral consideraría la evaluación de las funciones misionales que la ley establece según el tipo de institución. Ello supondría deseable que dichas funciones estuvieran presentes en la misión y visión, formaran parte de los ejes u objetivos estratégicos del plan de desarrollo institucional, estuvieran contenidas en políticas formalmente aprobadas, exhibieran un sistema de gobierno y una estructura orgánica que contemple la gestión de todas ellas y existiera un sistema interno de calidad que garantice su desarrollo.

Respecto a la muestra de carreras de pregrado y programas de postgrado, ella no daría lugar a la acreditación de esas carreras, ni tampoco les serían aplicables todas las dimensiones y criterios predefinidos por la CNA para la acreditación institucional integral. Su objetivo sería verificar en ellas la consistencia interna respecto de lo establecido a nivel institucional para cada función según sea el caso. Así, por ejemplo, se evaluaría si todas ellas están alineadas con el modelo o proyecto educativo institucional a nivel de diseño, implementación y evaluación, si se aplican las políticas, reglamentos y procedimientos institucionales en cuanto a la creación de la oferta, la admisión, el diseño e implementación y la evaluación de sus principales resultados en función de sus perfiles de egreso y progresión, entre otros. En suma, se trataría de verificar si en los programas de la muestra ha funcionado el sistema interno de aseguramiento de calidad de la institución.

Dimensiones, Criterios y Estándares de Acreditación Institucional

Las áreas de acreditación vigentes son modificadas y la ley las denomina dimensiones de acreditación. Las obligatorias son: docencia y resultados del proceso formativo; gestión estratégica y recursos institucionales; aseguramiento interno de calidad y vinculación con el medio. Como optativa se establece la investigación, creación y/o innovación. Sin embargo, si se aspira a acreditar por el máximo de años (7), será necesario contemplar el logro de todas las dimensiones[1].

Adicionalmente se señala que un reglamento de la Comisión determinará el contenido de cada una de las dimensiones de evaluación, no obstante, la ley define de manera general cada una[2]. Asimismo, para cada dimensión han de elaborarse criterios y estándares, cuyas definiciones también son amplias. Los primeros se refieren a elementos específicos vinculados a la dimensión; los segundos son descriptores del nivel de logro progresivo del criterio.

Desde el año 2019 la CNA se dio a la tarea de elaborar criterios y estándares conforme al nuevo marco regulatorio. Los resultados en las distintas etapas del proceso suscitaron polémicos debates y dejaron al descubierto interpretaciones de la ley y expectativas disímiles, tanto en las IES como en la agencia estatal. Resulta valorable entonces, el hecho de que finalmente se escucharon las distintas partes y se logró llegar a definiciones en base a acuerdos. Para el caso del subsistema universitario se definieron 14 criterios y para el subsistema técnico profesional, 16. En los siguientes apartados se analizarán los criterios y estándares de cada dimensión de acreditación aplicables a las universidades.

Dimensión 1: Docencia y Resultados del Proceso Formativo

Criterio 1. Modelo Educativo y Diseño Curricular

Se espera que las universidades posean un modelo educativo característico de acuerdo a su proyecto, formalmente aprobado, y que oriente el diseño curricular de los programas que otorgan título y grado académico y el proceso de enseñanza y aprendizaje del pregrado y postgrado. El perfil de ingreso de los estudiantes, los mecanismos de egreso, titulación y graduación y planes de estudio son algunos de los componentes que se revisan periódicamente para ajuste o actualización de los perfiles de egreso y los programas. En este contexto, la relación con titulados y empleadores contribuye a conocer la pertinencia y eficacia del proceso formativo y también a la retroalimentación del perfil de egreso y pertinencia de los planes de estudios de las carreras y programas.

En resumen, contar con un modelo educativo explícito y que dé cuenta de programas de pregrado y postgrado alineados con él en cuanto a diseño, implementación, evaluación y planes de mejoramiento es el principal desafío de las universidades.

Eventualmente, la muestra intencionada de programas que seleccione la CNA será evaluada (entre otras materias) respecto a en qué medida el modelo educativo y el diseño curricular institucional se reflejan en los programas de dicha selección.

Criterio 2.  Procesos y resultados de enseñanza aprendizaje

Un aspecto relevante es que la universidad ha de contar con las condiciones necesarias para el logro de los perfiles de egreso de los programas de pre y postgrado. Para ello se espera un monitoreo y seguimiento del nivel de logro de los mismos. Asimismo, se espera que las instituciones apliquen sistemáticamente apoyos para la progresión estudiantil, coherente con el perfil de ingreso. El objetivo del criterio es evidenciar el incremento en los indicadores de progresión y compromiso estudiantil, producto de acciones desarrolladas con ese fin. Algunos aspectos para considerar en el desarrollo de este criterio son: mecanismos para conocer el perfil de ingreso de los estudiantes, acciones para la nivelación y apoyo integral a los estudiantes durante todo su proceso formativo, tales como inducción, remediales, tutoría, etc.

Criterio 3. Cuerpo Académico

Las universidades han de contar con cuerpos académicos idóneos y suficientes y compatibles con sus funciones misionales según los requerimientos de su oferta educativa. Esto significa, a nivel de pregrado, que respondan a los requerimientos de las carreras y a nivel de postgrado, que conformen claustros o núcleos académicos, con alto nivel de productividad. Asimismo, resulta relevante la existencia y aplicación sistemática de una carrera académica que incentive el ascenso en el desempeño. Por último, es necesario para el personal académico y docente, contar con procedimientos de contratación adecuados y transparentes, una política de perfeccionamiento pedagógico y disciplinar, sistema de evaluación y de desvinculación.

Criterio 4. Investigación, innovación docente y mejora del proceso formativo

Se espera que las universidades desarrollen investigación o innovación sobre su propia experiencia docente y mejoren los procesos formativos conforme a sus resultados y en coherencia con el propio proyecto. A nivel avanzado, la expectativa es que los nuevos conocimientos generados, se difundan a las comunidades disciplinares correspondientes, tanto a nivel local o internacional. 

Dimensión 2: Gestión Estratégica y Recursos Institucionales

Criterio 5. Gobierno y Estructura Organizacional

En general, las misiones y visiones explicitan valores institucionales, funciones misionales (docencia, investigación y vinculación con el medio,) y su relación con la sociedad. Es necesario que exista coherencia entre ambas y que éstas sean difundidas y conocidas al interior de la universidad. Las políticas y normativas institucionales han de ser coherentes también con ellas.

Asimismo, las decisiones estratégicas responden a un plan de desarrollo institucional de mediano y largo plazo, coherente con el ideario institucional, susceptible de monitorear y ajustar cuando sea necesario.

Contar con un gobierno que permita gestionar todas las funciones institucionales requiere precisar quienes tienen los roles políticos, estratégicos y operativos; la separación entre los responsables de la implementación y seguimiento de las funciones misionales de la instancia  de evaluar el nivel de logro de dichas funciones; lograr una gestión institucional integral basada en los objetivos o ejes estratégicos definidos en el plan de desarrollo y no en las funciones de cada unidad; mejorar los resultados e indicadores institucionales y su posicionamiento a nivel nacional; adecuación de estrategias económicas y financieras (dada la implementación de la gratuidad para la gran parte de las universidades) y otros aspectos con el fin de garantizar la sustentabilidad del proyecto institucional.

Es recomendable que las instituciones analicen la conveniencia de realizar eventuales ajustes a sus visiones y misiones conforme a las definiciones del quehacer universitario que define la ley. También se sugiere revisar si se cuentan con políticas y normativas coherentes. En particular, si existe una política financiera, de calidad, de vinculación con el medio, de investigación e innovación, de admisión, además de un Reglamento Académico y de Docentes, entre otros.

Criterio 6. Gestión y desarrollo de personas

Se espera que la universidad defina y lleve a cabo procesos de reclutamiento, selección, inducción, desarrollo profesional, evaluación y retiro. Se trata de observar oportunidades de desarrollo para las personas – académicos, profesionales y administrativos – y que éstas contribuyan, al mismo tiempo, al desarrollo institucional.

Criterio 7. Gestión de la convivencia, equidad de género, diversidad e inclusión

Posiblemente este criterio resulte el más novedoso de todos, preliminarmente ha sido ampliamente valorado. Implica que la universidad promueve el desarrollo integral de la comunidad, en todo su quehacer y responde en su gestión a los desafíos en materia de convivencia, equidad de género, respeto a la equidad e inclusión, en función de sus propósitos institucionales.

Requiere contar con una política o políticas de equidad de género, diversidad e inclusión, consistentes con el respectivo ideario institucional, y desarrollar iniciativas conforme a ellas.

Criterio 8. Gestión de recursos

Refiere a los medios necesarios para el desarrollo del quehacer universitario, así como contar con políticas y procedimientos para la gestión de los recursos, tales como: planificación, adquisición, mantención, control, ajustes presupuestarios, inversiones y endeudamiento.

Posiblemente la CNA evaluará este criterio ponderando la información que le provea la Superintendencia de Educación Superior la que, dentro de sus competencias, fiscaliza que las IES destinen sus recursos a los fines que le son propios de acuerdo con la ley y sus estatutos[3]. 

Dimensión 3: Aseguramiento Interno de Calidad

Nominalmente esta dimensión es nueva, sin embargo, los criterios de acreditación vigentes presumen que las IES cuentan con algún grado de desarrollo de un sistema propio de resguardo de la calidad. En general, estos consisten en el desarrollo de mecanismos de gestión para el logro de la acreditación. En suma, los dos criterios exigen la formalización de esta nueva dimensión mediante una política, un sistema de información para la toma de decisión y avanzar en participación y compromiso de toda la comunidad universitaria.

Criterio 9. Gestión y resultados del aseguramiento interno de la calidad

La CNA definió que las universidades han de contar con una política de aseguramiento interno de la calidad que fortalezca la autorregulación y el mejoramiento continuo. Para ello, supone que la universidad registra y analiza información respecto de su desempeño y fomenta la participación de la comunidad universitaria en este proceso. Se aspira a que la universidad promueva una cultura de calidad que comprometa a las personas, desde la perspectiva de su propio quehacer dentro de la institución.

Criterio 10. Aseguramiento de la calidad de los programas formativos

Además de la política de calidad (criterio 9), la universidad es llamada a contar con procedimientos para la mejora continua de la oferta formativa. En este criterio se hace alusión a la “muestra intencionada de programas”, se espera que ella evidencie mecanismos de revisión interna, resguardos de calidad equivalentes y uso de resultados para retroalimentar los programas.

Dimensión 4: Vinculación con el Medio

Se explicita claramente que esta función es bidireccional y que las universidades han de contar con una política y un modelo de vinculación con el medio. Éstos han de exhibir coherencia con la misión, valores y propósitos institucionales y declarar los impactos externos e internos que se espera de su implementación.

Criterio 11. Política y gestión de la vinculación con el medio

Respecto de la política, ella define los objetivos y propósitos. En relación con el modelo, explicita los ámbitos de vinculación, identificados y formalizados, y los instrumentos para su implementación (programas y proyectos). Asimismo, señala los impactos internos que se busca en las otras funciones misionales e identifica su público externo relevante y explicita los impactos externos buscados.

Por último, la institución ha de contar con recursos y medios de gestión para la planificación y ejecución de las acciones comprometidas.

Criterio 12. Resultados e impacto de la vinculación con el medio

Los resultados e impactos internos, y especialmente impactos externos, logrados por la institución son elementos claves en la evaluación de esta área. A través de este criterio se espera evidenciar el impacto positivo que realiza la universidad en su entorno relevante y en las funciones esenciales, es decir en docencia e investigación o innovación. 

Dimensión 5: Investigación, creación y/o innovación

Se requiere contar con políticas y actividades sistemáticas para el desarrollo de la investigación, creación e innovación cuyos resultados incidan en las respectivas disciplinas, la docencia, la esfera pública, la actividad productiva, el medio cultural y la sociedad.

Criterio 13.  Política y gestión de la investigación, creación e innovación

Se espera que las universidades expliciten la investigación e innovación en sus misiones y propósitos institucionales, así como cuenten con una estructura adecuada para su planificación gestión, planificación y desarrollo.

Criterio 14. Resultados de la investigación, creación y/o innovación

Acá se trata de evaluar principalmente los resultados logrados en dos aspectos: productividad y contribución o impacto. Desarrollo más avanzado implicaría incremento en la investigación e innovación en todas las disciplinas que la universidad cultiva; impacto a nivel nacional e internacional; adjudicación de fondos abiertos y competitivos; difusión de resultados a nivel internacional, sustentabilidad de doctorados acreditados. Por último, también implica el análisis sistemático de la investigación e innovación como contribución a la formación de los estudiantes, tanto de pregrado como postgrado. 

Conclusiones

Para llevar a cabo una adecuada implementación de las dimensiones y nuevos criterios y estándares de acreditación institucional, y con ello contribuir al mejoramiento de las instituciones y de la calidad del sistema, se requieren esfuerzos adicionales por parte de la CNA y de las propias instituciones de educación superior.

En cuanto a la CNA, sugerimos:

  • Esclarecer de qué forma se concretará la evaluación institucional integral. Entendemos que la integralidad estaría determinada por una evaluación multidimensional que incluye todas las funciones institucionales que explicita la ley en todas sus sedes, niveles, modalidades y jornadas de programas formativos y por otra, por una muestra intencionada de programas cuyo objetivo debería ser verificar en ellas la consistencia interna, a través de evaluar la coherencia, integridad, pertinencia, eficacia con lo establecido a nivel institucional para dicha función y la aplicación del sistema interno de aseguramiento de calidad. Suponemos que de esta forma la evaluación reflejaría la calidad institucional como concepto integrado.
  • Elaborar y dar a conocer prontamente el procedimiento de selección de carreras y programas de estudio de pre y postgrado (muestra intencionada) que serán evaluados en el contexto de la acreditación institucional integral. Adicionalmente, será necesario explicar cómo se integra la revisión de esta muestra con la evaluación institucional integral en base a las nuevas dimensiones, criterios y estándares.
  • Establecer lineamientos o acciones para la comprensión y aplicación de los criterios y estándares como herramientas que incentivan el desarrollo académico y entregan orientaciones sobre caminos posibles a seguir para ello. Ello implica asumir, sobre todo, la función de promoción de la calidad de la diversidad de proyectos institucionales existentes.
  • Seleccionar rigurosamente a los pares evaluadores poniendo énfasis en la idoneidad académica y la trayectoria reconocida en gestión universitaria que poseen. Ambas características parecen más relevantes que la experiencia previa como par evaluador. Adicionalmente, capacitarlos en torno a los descriptores que se plantean en los estándares como elementos de análisis del desarrollo progresivo de los criterios.
  • Revisar y actualizar los procedimientos para la acreditación institucional que en adelante deberán ser “integrales”. Buscar lo esencial y evitar añadir mayor burocracia (a CNA y a las IES). Intentar pilotear procesos y la aplicación de criterios y estándares en función de las dimensiones de la acreditación institucional integral, previo a su implementación en dos años.
  • Dentro de dos años, realizar seguimiento de la implementación de los nuevos criterios y estándares, analizar sus efectos e ir consolidando experiencias que orienten la mejora del instrumento.

En cuanto a las universidades, sugerimos:

  • Analizar qué aspectos de la nueva acreditación institucional son de continuidad y cuáles resultan novedosos respecto de las dimensiones, criterios y estándares. En función de ello, tomar decisiones institucionales a nivel político, estratégico y operacional para adecuarse en lo que sea necesario, cuidando la continuidad del respectivo proyecto institucional. Por ejemplo, resulta conveniente revisar, actualizar y formalizar políticas institucionales referidas a las nuevas dimensiones.
  • Crear instancias de difusión y deliberación, tanto académica como administrativa, acerca de los cambios que se introducen, su sentido y sus posibles consecuencias. De esta forma se podrían resolver dilemas y desafíos, y también fortalecería el compromiso, la gestión y las estrategias que sean necesarias para responder institucionalmente al nuevo marco.
  • Formalizar el aseguramiento interno de la calidad de tal forma que permita cumplir los estándares exigidos y además, resguardar que éste sea consistente con el proyecto universitario y su cultura académica. Así podrá ser percibido como una herramienta para incrementar la calidad y no como nuevo procedimiento burocrático.

 

[1] Art. 20, Título IV, Ley 21091

[2] Art.18, Título IV, Ley 21091

[3] Art. 19, Título III, Ley 21091 (2018)