¿La forma del pago fiscal por gratuidad induce a las instituciones de ES a no adscribirse?
julio 23, 2021

La gratuidad es un gran avance en el derecho a la educación superior de las y los jóvenes del país.

El Observatorio de Políticas Pública en Educación Superior, OPPES-USACH, ha realizado el análisis de la forma en que el Estado paga la gratuidad, básicamente porque los mecanismos de financiamiento no deben influir en las conductas de las instituciones de educación superior, de tal forma que terminen configurando un sistema de ES no deseado. Más bien se espera que la forma de financiamiento sirva para el logro de los objetivos que la sociedad quiere alcanzar con la ES, entre ellos, su calidad, diversidad de proyectos educativos, actualidad de la formación profesional y técnica que entreguen sus instituciones.

La gratuidad significa que el estudiante no paga por estudiar y que las instituciones reciben el pago por cada alumno/a en gratuidad, desde el Estado, según los valores que éste defina. El Pago Fiscal por Gratuidad comprende, desde 2016 a 2021, el valor del arancel regulado, estimado a partir de los aranceles de referencia de las carreras de pregrado y los años de acreditación institucional de las IES adscritas que las dictan, más un valor adicional a este arancel, por hasta un máximo de 20%. Además, incluye el valor de la matrícula. Está en elaboración y análisis la aplicación de una nueva forma de cálculo de lo que debe pagar el Estado por gratuidad.

Las IES que están adscritas al sistema, reciben MMM$853,6 pesos 2018 y deberían recibir MMM$951,6, lo que significa que la forma de pago de la gratuidad genera una brecha negativa respecto de los ingresos por aranceles de pregrado, de cerca de 100 mil millones de pesos para el conjunto de elllas.

Entonces, existe una brecha por gratuidad, pese al valor adicional que agrega el Estado al arancel regulado. En casi todas las instituciones de educación superior, el Pago Fiscal por Gratuidad que hace el Estado, no alcanza a cubrir el arancel real que ellas cobran, por lo que se genera una diferencia, que afecta negativamente sus ingresos por aranceles de pregrado. Este efecto está asociado solo a los beneficiados con Gratuidad, los estudiantes con beca o crédito Mineduc pagan, finalmente, el valor del arancel real de cada Institución.

Son los altos valores de los aranceles reales que cobran las IES, los que determinan la brecha por gratuidad. Es el principal factor explicativo en 5 de las 6 universidades con mayor brecha. Para los IP es el nivel de matrícula en gratuidad y para los CFT, es tanto el nivel de matrícula en gratuidad (INACAP), como los altos aranceles que cobran (DUOC).

Este hecho, puede inducir a las instituciones de ES a no adscribirse a gratuidad, lo que estaría generando una ES segmentada: IES con gratuidad e IES sin gratuidad. A la fecha existen 98 (de 151) IES no adscritas a Gratuidad, todas privadas. Alrededor del 46% del 1,2 millón de alumnos, en 2020. Sus alumnos tienen créditos con aval del estado (CAE) y becas del estado, pero no tienen gratuidad.

Al explorar el pago fiscal por gratuidad como factor de segmentación, se observa que existe un diferente impacto de la brecha entre las universidades privadas y las del Cruch (-11,23% y -2,85%, respectivamente, en 2018). Este podría ser un factor relevante para mantener pendiente la adscripción de instituciones privadas a la Gratuidad. No adscripción que podría seguir ocurriendo mientras el Estado financie con créditos (CAE) a sus estudiantes.

Los altos aranceles que cobren también se pueden asociar a la decisión de las instituciones privadas de educación superior de mantenerse fuera del sistema de gratuidad. Si esas IES privadas entraran al sistema de gratuidad probablemente tendrían altos impactos negativos en sus ingresos por aranceles de pregrado. En cambio, sin adscripción, las IES privadas pueden, en general, cobrar altos aranceles y estarán poco interesadas en someterse a un pago menor que esos aranceles reales que cobran, especialmente si tienen capturados segmentos del sector.

Así, del análisis se establece que el método de pago fiscal por gratuidad, al estar en compañía de otros mecanismos de ayudas estudiantiles, como el CAE, tiende a determinar conductas institucionales de una parte no menor de las IES, que prefieren no adscribirse a la gratuidad mientras el Estado les entregue a sus estudiantes de menores recursos, los créditos o becas que ellos demanden, generándose con ello una segmentación no deseada del sistema de ES

Un comentario final. Un nuevo arancel regulado para el pago fiscal por gratuidad, tal vez no pueda resolver la potencial segmentación del sistema de ES, especialmente porque los datos indican que el Estado, en general, paga aranceles reales por gratuidad más bajo que los aranceles reales que cobran las IES adscritas y el nuevo arancel regulado termine siendo una respuesta estatal promediada. Entonces las brechas tenderán a mantenerse y hará muy difícil evitar que también se mantenga la actual segmentación de la educación superior.